Política anticorrupción

ALCANCE Y OBJETIVO

Zaragoza Medienerco S.L.U. (en adelante «Medienerco» o la «Organización») y sus sociedades integradas y dependientes (en adelante «Grupo Zaragozá») se comprometen a realizar negocios con integridad. Esto implica evitar cualquier forma de corrupción y cumplir todas las leyes y demás normativa antisoborno y anticorrupción aplicables, (en adelante «Normativa Anticorrupción»), así como las recomendaciones de los Organismos Internacionales como la OCDE y las Naciones Unidas. Este compromiso se encuentra debidamente reflejado en nuestro Código Ético.

GRUPO ZARAGOZÁ rechaza cualquier tipo de corrupción, ya sea directa o indirecta, privada o pública.

Para los efectos de esta Política Anticorrupción debe asumirse que esta Normativa Anticorrupción, se aplica a todos los colaboradores, sin excepción y a cada parte implicada con GRUPO ZARAGOZA en sus actividades profesionales y de negocio (clientes, proveedores, subcontratas, socios, trabajadores, etc.) sin importar el lugar del mundo donde se encuentren así como a todas las sociedades integrantes de Grupo Zaragoza. La presente Política Anticorrupción refleja la posición de la organización de tolerancia cero respecto de cualquier forma de corrupción o conducta ilícita en el ámbito profesional. Se requiere que todos los colaboradores (internos y externos) de GRUPO ZARAGOZÁ, incluido el comité de dirección y el CEO, cumplan plenamente con lo establecido en el presente documento y en la Normativa Anticorrupción. El entendimiento y cumplimiento de esta Política Anticorrupción y normativa asociada es una condición indispensable para el mantenimiento de una relación laboral/comercial con GRUPO ZARAGOZÁ, y bajo ningún concepto se tolerarán incumplimientos al respecto. Cualquier caso de quebrantamiento será investigado y podrá derivar en la imposición de medidas legales y disciplinarias.

CONDUCTAS PROHIBIDAS

La organización prohíbe terminantemente:

Ofrecer o aceptar sobornos a/o de funcionarios públicos o particulares.

GRUPO ZARAGOZÁ actuará, en todo caso, de manera profesional, honesta, transparente e imparcial; utilizando criterios objetivos para la contratación de productos y servicios, así como para la consecución u obtención de trabajos-proyectos. En ningún caso facilitará ni aceptará prestaciones económicas u otro tipo de ventajas que condicionen la libre, transparente y honesta relación comercial. Es decir, no paga sobornos ni tolera el pago de los mismos. El personal de GRUPO ZARAGOZÁ tiene prohibido dar u ofrecer sobornos o cualquier otro tipo de remuneración o contraprestación similar, en cualquier parte del mundo, a cualquier persona o entidad pública o privada (cliente, o potencial cliente, funcionario público, partido político, candidato a un cargo político o cualquier intermediario) con el fin de:

  • Influir ilegalmente en los actos o decisiones de esa persona o entidad.
  • Obtener o retener ilegalmente un negocio para la organización; o asegurar cualquier ventaja indebida.

El personal de GRUPO ZARAGOZÁ tiene prohibido aceptar o recibir sobornos o cualquier otro tipo de remuneración o contraprestación similar, en cualquier parte del mundo, de cualquier persona o entidad que pretenda, o que pueda ser percibido como un intento de influir ilegalmente en los actos o decisiones del receptor, obtener o retener ilegalmente un negocio o una ventaja de negocio o asegurar cualquier ventaja indebida para la oferta relacionada con el soborno.

Del mismo modo se prohíbe proporcionar o recibir regalos, comidas, actividades de entretenimiento o cualquier bien de valor, procedente de cualquier persona o entidad en relación con los negocios de la empresa, a menos que se haya facilitado o recibido de acuerdo con la política y las normas anticorrupción.

Ofrecer o aceptar pagos de facilitación para iniciar o agilizar procesos o trámites administrativos.

La facilitación o agilización de pagos están prohibidos. Se entiende por pagos de facilitación aquellos pequeños pagos realizados a Funcionarios Públicos para acelerar o facilitar acciones o servicios no discrecionales, tales como la obtención de una licencia o permiso de negocio ordinario, la expedición de visados de entrada o salida, la protección policial, los servicios telefónicos, de energía o de agua, o la agilización del despacho aduanero, entre otros.

GRUPO ZARAGOZÁ prohíbe terminantemente los pagos de facilitación.

Con el fin de garantizar el cumplimiento de la Normativa Anticorrupción, GRUPO ZARAGOZÁ prohibe los pagos de facilitación por completo en todas sus áreas de actuación. Los colaboradores de GRUPO ZARAGOZÁ, deben rechazar realizar dichos pagos en todo momento. 2.3. Ofrecer o aceptar obsequios y atenciones a/o de funcionario público o cualquier otro tercero
que contravengan lo establecido en esta Política.

Ofrecer o aceptar obsequios y atenciones a/o de funcionario público o cualquier otro tercero que contravengan lo establecido en esta Política.

Los colaboradores de GRUPO ZARAGOZÁ no pueden ofrecer o aceptar de terceros, regalos, invitaciones, premios, beneficios u otros incentivos que podrían afectar la imparcialidad de cualquiera de las partes, influir en una decisión de negocio o llevar a una mala ejecución del deber profesional. Del mismo modo, en ningún caso se pueden ofrecer o aceptar pagos o donaciones en efectivo ni bienes fácilmente convertibles en metálico (cheques al portador, vales regalo, etc.).

Realizar en nombre de la organización contribuciones con fines políticos.

GRUPO ZARAGOZÁ sigue una política de estricta neutralidad; no realiza donaciones a ningún partido o candidato político o fundación que sirva como vehículo para contribuciones políticas.

La Política Anticorrupción de la organización no prohíbe que sus trabajadores realicen contribuciones de índole política de forma voluntaria y personal, que participen en el proceso político en su tiempo libre y por su cuenta, y que expresen sus puntos de vista personales sobre asuntos legislativos o políticos, o que de otro modo participen personalmente en actividades políticas.

Obtener un trato de favor utilizando patrocinio o donación como medio para conseguirlo.

GRUPO ZARAGOZÁ contribuye con el desarrollo de las áreas en las que opera y permite donaciones razonables a organizaciones benéficas. Sin embargo, el Grupo es consciente del riesgo que supone la realización indebida de donaciones y patrocinios que pueden ser interpretadas como mecanismos para realizar pagos o contribuciones con el objeto indebido de conseguir un trato de favor.

En este sentido, GRUPO ZARAGOZÁ debe asegurarse de que las donaciones a organizaciones benéficas no disfracen pagos ilegales a Funcionarios Públicos u otras personas en violación de la presente Normativa Anticorrupción. Cualquier donación o actividad de patrocinio realizada por la organización a favor de una organización benéfica no debe generar la más mínima duda o apariencia acerca de su idoneidad o adecuación y por supuesto no debe suponer el incumplimiento de cualquier ley o regulación aplicable. En cualquier caso, antes de que algún colaborador se comprometa a hacer una donación a una organización benéfica en nombre de GRUPO ZARAGOZÁ, deberá contar con las autorizaciones internas, y en su caso externas, que sean precisas.

Utilizar relaciones y contratos comerciales de la empresa en beneficio propio o de un tercero.

Los colaboradores y trabajadores de GRUPO ZARAGOZÁ deberán evitar situaciones o transacciones en las que sus intereses personales puedan entrar en conflicto o pudieran considerarse que están en conflicto con los intereses de la organización. De este modo, está terminantemente prohibido:

  • Actuar utilizando cualquier información obtenida a través de su trabajo con GRUPO ZARAGOZÁ para beneficio personal o de un tercero;
  • Transmitir dicha información a un tercero para su propio beneficio o el del tercero;
  • Actuar de cualquier manera que pueda ser interpretada como uso de información privilegiada.

Los conflictos de interés pueden surgir si los individuos tienen un interés personal en los negocios relacionados con GRUPO ZARAGOZÁ. El interés personal puede ser directo o indirecto, y se refiere no sólo a los intereses personales, sino a los de sus familiares y amigos. Ante una posibilidad de conflicto, los intereses de la organización tendrán siempre prioridad.

El personal de GRUPO ZARAGOZÁ debe poner en conocimiento de su superior jerárquico cualquier potencial conflicto de intereses que pudiera plantearse.

Establecer relaciones de negocio con terceras partes sin cumplir los deberes mínimos de debida diligencia en el conocimiento de terceros.

Las relaciones que mantenga Grupo Zaragozá y cualquiera de sus empleados o colaboradores con proveedores deberán regirse siempre por los principios de honestidad, integridad y transparencia.

Grupo Zaragozá elegirá a sus proveedores basándose meramente en criterios de objetividad e imparcialidad y siempre salvaguardando la mejor calidad del bien o servicio.

En aquellas circunstancias en las que las relaciones con terceras partes sean necesarias para el ámbito profesional, los colaboradores de GRUPO ZARAGOZÁ deben elegirlas con la debida diligencia de acuerdo con lo establecido según el sistema de gestión integrado implantado en la organización.  Todas las relaciones con terceras partes que puedan implicar contacto con Funcionarios Públicos deberán constar en un contrato escrito que incluya un lenguaje apropiado y mantenga absoluto respeto con la normativa anticorrupción de aplicación.

ACEPTACIÓN.

La totalidad de los empleados y directivos de Grupo Zaragozá manifiesta tener constancia de la existencia de la presente Política Anticorrupción y conocen su contenido, teniendo cada uno de ellos acceso a una copia de la misma.

Con independencia de la posición jerárquica de todas las personas que conforman Grupo Zaragozá, las normas, disposiciones e indicaciones reguladas en esta Política Anticorrupción son inviolables y deberán respetarse sin limitación alguna.

La totalidad de los trabajadores que se incorporen a cualquiera de las organizaciones que integren Grupo Zaragozá a partir de la entrada en vigor de la presente Política Anticorrupción deberán ser informados de la existencia de esta, proporcionarles acceso a un ejemplar de la misma y aceptar el cumplimiento íntegro de los postulados de esta.

CUMPLIMIENTO

Cuando cualquier trabajador presencie o tenga conocimiento de alguna conducta o actuación en su departamento de trabajo que infrinja o pueda ser constitutiva de infringir esta Política Anticorrupción, deberá ponerlo en conocimiento de su superior jerárquico o informar del mismo a través de los mecanismos que la empresa establezca para formulación de sugerencias y denuncias. Para el supuesto de que la denuncia se dirija contra el superior jerárquico del denunciante, este ultimo deberá comunicar la infracción de la presente Política Anticorrupción a la persona responsable del Área de Personas de Grupo Zaragozá.

Una vez, las denuncias hayan sido trasladadas al superior jerárquico del denunciante o al responsable del Área de Personas, según sea el caso, estos últimos deberán ponerlas en conocimiento del Comité de Dirección de Medienerco (en adelante, el “Comité de Dirección”).

De esta forma, el Comité de Dirección supervisará el cumplimiento íntegro de la presente Política Anticorrupción, resolviendo y pronunciándose sobre las posibles vulneraciones de esta Política Anticorrupción. El Comité de Dirección se reúne semanalmente, dejando constancia en acta de los acuerdos y decisiones que se acuerden en el mismo.

Serán competencias del Comité de Dirección, en relación con el objeto de la presente Política Anticorrupción, las siguientes:

  • Fomentar el conocimiento de la presente Política Anticorrupción y velar por su cumplimiento.
  • Proponer las actualizaciones o modificaciones necesarias para adaptar la Política Anticorrupción a los cambios significativos en materia legislativa.
  • Resolver las denuncias y comunicaciones que le hayan sido trasladadas con motivo del presunto incumplimiento de esta Política Anticorrupción. Si la infracción da lugar a una falta laboral se sancionará de conformidad con la normativa laboral vigente.
  • Realizar informes periódicos o cuando así se solicite por el Órgano de Administración de Medienerco, relativos al cumplimiento de la presente Política Anticorrupción.

ENTRADA EN VIGOR.

La presente Política Anticorrupción fue aprobada por el Órgano de Administración de Medienerco en fecha 28 de mayo de 2021, entrando en vigor en esta misma fecha.